La disputa legal en torno al caso Intrant ha dado un giro inesperado tras el debate generado por una millonaria sanción impuesta al Estado. El Ministerio Público ha manifestado de manera categórica su negativa a pagar la suma de RD$7.5 millones ordenada como penalización (astreinte) por la retención y devolución tardía de un teléfono celular perteneciente a uno de los imputados en el proceso por supuesta corrupción en la red semafórica.
Mientras las autoridades judiciales se preparan para emitir su veredicto definitivo, el caso pone sobre la mesa el verdadero sentido y alcance de las sanciones económicas aplicadas a instituciones públicas por desacato o demoras procesales.
¿Cómo se originó la condena de RD$7.5 millones por un teléfono?
El núcleo de la controversia gira en torno a Juan Francisco Álvarez Carbuccia, quien se desempeñara como director administrativo y financiero del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) durante la gestión de Hugo Beras. Álvarez Carbuccia figura entre los principales encartados en el expediente de presunta corrupción y sabotaje en el sistema de semaforización y videovigilancia del Gran Santo Domingo.
Durante el proceso de investigación y la ejecución de medidas de coerción, el órgano persecutor ocupó diversos bienes al exfuncionario. Si bien la mayoría de los objetos incautados (unos 15 en total) fueron devueltos paulatinamente, el teléfono celular del imputado —cuyo valor comercial real ronda los RD$3,200 pesos— no fue entregado a tiempo debido a la pérdida material del equipo bajo la custodia estatal.
Ante la negativa inicial de cumplir con la entrega de los efectos y el retraso persistente, el Segundo Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional impuso en su momento una astreinte de RD$20,000 diarios por cada día de incumplimiento. Al acumularse el tiempo transcurrido bajo la mora del Ministerio Público, la liquidación de dicha astreinte escaló hasta superar los RD$7.5 millones de pesos, ordenándose formalmente el pago a través de una resolución que incluso disponía notificar al Ministerio de Hacienda para su ejecución presupuestaria.
La postura del Ministerio Público: «La jueza se excedió»
Frente a esta condena sin precedentes por un bien de bajo valor material, la postura del Ministerio Público ha sido de rotundo rechazo. Representantes del órgano acusador argumentaron ante la corte que la jueza de instrucción «se excedió» en la aplicación de la penalización.
Desde la perspectiva del organismo persecutor, ante la imposibilidad material de entregar un celular que no pudo ser recuperado físicamente al momento de la restitución, lo jurídicamente viable y proporcional debió ser la condena al pago exclusivo del costo real del aparato (fijado comercialmente en unos RD$3,200) bajo las reglas ordinarias de la responsabilidad civil, y no una multa desproporcionada que castiga de forma severa las finanzas públicas.
El Ministerio Público solicitó formalmente a la corte de apelación revocar en todas sus partes la sentencia del juzgado de instrucción y anular el pago millonario.
El sentido de la astreinte: Defensas legales explican la sanción
En contraste con los argumentos estatales, juristas y representantes legales han salido al paso para explicar la naturaleza jurídica de la sanción impuesta. Jhon Manuel Frías Frías, abogado defensor de Álvarez Carbuccia, defendió la validez de la decisión judicial al señalar que el fondo del asunto ya no se trata de discutir el costo de mercado de un teléfono, sino de la obligación imperativa del Estado y de sus agencias de obedecer y acatar de forma estricta las decisiones emitidas por los tribunales.
Según los expertos en derecho procesal, las astreintes no buscan tasar el valor intrínseco de un objeto retenido, sino servir como un mecanismo coercitivo y conminatorio para doblegar la resistencia de una parte —en este caso, una institución del Estado— que desacata una orden de entrega. Al haberse entregado los demás bienes a «cuentagotas» y mantenerse el incumplimiento sobre el dispositivo, la penalización continuó generando el monto acumulado.
¿Qué pasará ahora? Fecha clave en la justicia dominicana
El recurso de apelación interpuesto por la Procuraduría General de la República contra esta condena civil accesoria ha quedado en manos de la justicia de alzada. Tras los debates correspondientes en la audiencia de apelación, el tribunal decidió reservarse el fallo para estudiar a profundidad los argumentos de ambas partes.
La fecha pautada para dar a conocer la decisión definitiva sobre si el Estado deberá o no desembolsar los más de 7.5 millones de pesos por el retraso del celular será el próximo 18 de noviembre.
Este fallo marcará un importante precedente jurisprudencial en la República Dominicana sobre los límites de las astreintes impuestas al Estado, el manejo de la custodia de evidencias en los grandes expedientes de corrupción (como el caso Intrant) y la responsabilidad patrimonial de las instituciones ante las demoras procesales.



